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Hoxe é de 2006
(Agrupación Estradense de Defensa do Rural e Urbano )
SENTENCIAS
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Tamén se da acceso á sentencias do TSXG (Tribunal Superior de Xusticia de Galicia), e os Tribunáis doutras rexións e autonomías de España.

La Voz de Galicia.es20/6/2008.-El TSXG ordena demoler el párking de Lalín al anular el proyecto técnico. De perder en el TS el Concello asegura que evitará el derribo con un proyecto que cumpla, al que adaptará la obra

Román Rodríguez, edil de Urbanismo, anuncia que el Ayuntamiento presentará recurso de casación al Supremo


El TSXG acaba de estimar parcialmente el recurso interpuesto por la familia Carral en relación al párking subterráneo de Lalín, y anula de este modo el proyecto técnico básico y de ejecución de la obra de construcción del aparcamiento «por ser contrario a derecho, por lo que deberá ser demolida la obra realizada a su amparo». La sentencia apunta que la aprobación del proyecto resulta contraria a las disposiciones del PXOM por varias cuestiones. La más notoria el hecho de que «la superficie construida proyectada -y en mayor medida la realizada- que sobrepasa en más de un metro la rasante supone un coeficiente de edificabilidad notablemente superior al de 0,15 metros cuadrados por metro cuadrado del artículo 135.2 del PGOM, y tampoco se cumplen las determinaciones de su apartado 4a como se explica en los informes periciales, que también recogen otras infracciones, aunque puntuales y de mucha menor entidad, en lo que se refiere a los viales y a la altura de la construcción. Por ello la pretensión principal de la demanda tiene que ser acogida», explica.
El concejal de Urbanismo, Román Rodríguez, informó ayer en rueda de prensa de la sentencia, de la que facilitó copia a los medios. Rodríguez expuso el máximo respeto hacia la familia Carral, que defiende sus intereses. El edil señaló que la sentencia ratifica un fallo anterior en el mismo sentido «que fala de exceso de edificabilidade e de ocupación. Así que era previsible o fallo negativo, e o esperabamos nesta liña».
Aspectos a favor del Concello
Rodríguez dijo que el frente judicial del recurso era amplio, y aseveró que la sentencia da la razón al Concello en varios extremos, como la licencia de actividad, prescindir del estudio de detalle de rasantes reclamado por la familia, la validación del convenio urbanístico y la adjudicación y concesión administrativa del párking. Valoró que este último era un aspecto clave, ya que de perder, habría supuesto retrotraer todo el proceso de adjudicación.
El concejal de Urbanismo dijo que la clave del problema es un exceso de edificabilidad, derivado de una sobreelevación de 60 centímetros de la estructura del párking sobre la rasante: «Foi unha cuestión de medición técnica, que motivou un exceso de ocupación no espazo libre».
Pese a la contudencia del fallo de la sentencia, el gobierno local entiende que no puede desligarse de la anterior sentencia, del año 2003, que explicitaba que sería necesario derribar el exceso de edificabilidad, pero no todo el párking subterráneo.
Mensaje de calma
Por su parte, Román Rodríguez anunció ya que el Concello presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo: tiene de plazo hasta el 1 de julio para hacerlo. Si no se admite a trámite el recurso, o bien si dentro de 2 ó 3 años se produce un fallo en contra, el gobierno local optará por reducir edificabilidad en el párking. El Concello lalinense, en este caso, procederá a redactar un proyecto que cumpla las directrices del Plan Xeral, concederá licencia y adaptará el párking a dicha modificación. Los técnicos municipales empiezan ya a barajar posibles opciones: una de las factibles sería retrasar el muro que delimita el espacio infantil hacia el párking, dejando un soportal. Aunque podría suponer perder en torno a medio centenar de plazas, se reduciría la edificabilidad que ganó la construcción al sobrepasar la rasante, y tenerse que computar. Rodríguez dijo que son en torno a un millar de metros cuadrados los que habrá que reducir.
Rodríguez lamentó que por sobrepasar 60 centímetros la rasante «unha porcentaxe mínima para a altura do párking», haya que efectuar recortes en la última planta. Curiosamente, la concha acústica podría mantenerse en pie, aunque por el momento sigue sin poder usarse.

El gobierno se aferra al apartado de la sentencia en el que se habla de posibles legalizaciones

El gobierno local da por seguro que, pese al fallo recogido en la sentencia, el párking subterráneo de Lalín no corre ningún peligro de demolición. En este sentido, aluden al procedimiento habitual que se sigue ante sentencias de este tipo. Indican que, al anular el proyecto técnico básico y de ejecución de la obra, automáticamente se ordena la demolición; pero en la práctica, el proceso pasar por realizar un nuevo proyecto que cumpla todas las prescripciones, otorgarle de nuevo licencia y ajustar el edificio a la nueva licencia: de este modo, se elimina el exceso de edificabilidad y de ocupación máxima.
El concejal de Urbanismo se aferra también al propio texto de la sentencia, que en el apartado tercero de sus fundamentos de derecho alude a posibles legalizaciones, apartado en el que encaja la solución al conflicto del párking en caso de no prosperar la vía judicial en el Tribunal Supremo. La sentencia recoge, en este sentido, que «la anulación del proyecto lleva consigo como consecuencia natural, al igual que la de una licencia -sin perjuicio de posibles legalizaciones- la demolición de lo construido a su amparo y la imposibilidad de su uso, con la consecuente vuelta de las cosas a su estado anterior».
Falta otra sentencia
Román Rodríguez señaló que falta por saberse el fallo de otra sentencia, ya que tanto la familia como el propio Concello habían recurrido la anterior sentencia del 2003. El fallo del TSXG que anula el proyecto técnico básico y de ejecución del párking se produce tras el citado recurso de la familia Carral, indicó el concejal.

Faro de Vigo.es.-21 xuño de 2008.-La oposición pide al gobierno que adapte ya el parking a la legalidad. Cree un despilfarro de fondos públicos seguir con una pelea judicial que no tiene visos de prosperar

Manuel G. Aller. / bernabé


X.S.S. / LALÍN Los dos partidos de la oposición de Lalín coinciden en criticar la actitud del gobierno local ante la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ratifica la ilegalidad urbanística del parking Europa. Tanto el portavoz municipal socialista, Manuel González Aller, como el nacionalista, Francisco Vilariño, consideran que sería más positivo abandonar ya una pelea judicial que no tiene visos de prosperar y empezar a elaborar el proyecto de adaptación de las instalaciones a la legalidad urbanística.
"A sentencia é demoledora, nunca mellor dito, xa que insta ao derribo do parking", señala el concejal del PSOE, para quien la resolución judicial "non deixa de ser unha nova mostra da ineptitude do goberno" de Xosé Crespo. El grupo socialista lamenta que el alcalde no depure responsabilidades políticas ante "infraccións urbanísticas evidentes" y cree "escandaloso" que el edil Román Rodríguez hable de "erro de medición técnica" en la altura del estacionamiento "cando todos os lalinenses decatábanse de que aquela construcción non parecía desde logo subterránea". También apunta al "cinismo" del concejal del PP al considerar aspectos favorables de una sentencia tan dura para el concello.
Aller apuesta por "coller o toro polos cornos e solucionar o problema en troques de dilapidar cartos públicos" en un proceso judicial que el propio gobierno local "non ten moitas expectativas de que prospere". En caso de perder la batalla judicial, destaca el "grave dano" que supondría para los lalinenses el derribo del parking o la modificación de su estructura en 1.000 m2, junto con el perjuicio que ya supone el no poder utilizar la plaza pública, un "espazo morto" que podría ser aprovechado para actividades de ocio. Aller solicita que, en caso de modificaciones, se recuperen las zonas verdes que incluía la plaza en el proyecto inicial y que se reforme la concha acústica, "proba de irrefutable feísmo urbanístico".
Por su parte, Franscisco Vilariño, que invoca responsabilidades políticas, incide en que el proyecto está "mal desde o principio" por un "considerable exceso de volume". También critica que el gobierno siga pleiteando cuando admite que la sentencia desfavorable era "previsible". "Por que segue empecinado en defender unha ilegalidade", se pregunta el edil del Bloque, que recientemente presentó una moción para reclamar el uso público de la Praza Europa. Advierte de que el recurso al Supremo podría elevar a una década el impedimento del disfrute de la plaza.
Por su parte, la empresa Portas y Acuña, concesionaria del aparcamiento subterráneo, declinaba ayer efectuar manifestaciones sobre el proceso judicial. "Preferimos no hacer ningún tipo de declaración", apuntaba su responsable, María José Portas.

 

 

A Estrada- PONTEVEDRA

FARO DE VIGO---22/09/2005--- EL ALCALDE DE A ESTRADA Y TRES EDILES DEL PP, JUNTO CON ANTERIORES CONCEJALES, SE ENCUENTRAN IMPUTADOS. La Audiencia Provincial retoma el proceso por presunta prevaricación del concello. El informe de la Fiscalía señala la existencia de indicios de delito en la acción del gobierno local.

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OURENSE

¿ABDUCIDO?

El CorreoGallego.es .-5-abril-2007.- -El TSXG declara ilegales centenares de viviendas en un barrio de Ourense ."El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, "alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró. El auto del juez afecta a centenares de viviendas de nueva construcción, zonas verdes y al nuevo edificio de la Policía Local . La sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados. Sánchez Vidal recriminó la modificación del PXOM en esa zona de la ciudad y culpó al gobierno municipal ourensano de propiciar un "trato de favor" hacia el promotor inmobiliario, en contra del "interés colectivo de los vecinos" de la zona. Acusó también al alcalde de Ourense, Enrique Nóvoa, de seguir gestionando esa modificación cuando era concejal de Urbanismo.

La Voz de Galicia.-4-abril-2007.- El TSXG anula parte del PXOUM ourensano a petición de un particular. La suspensión afecta a la urbanización de viviendas en una zona reparcelada.

El Pais.com.05/04/2007 .-El Tribunal Superior anula la urbanización de la zona de expansión de Ourense. El Ayuntamiento agrupó solares y concedió la edificabilidad a un promotor y las cargas a los vecinos. Sánchez Vidal asegura que el Ayuntamiento "amañó un acuerdo con un promotor de forma que aprobó la segregación del polígono urbano en varias parcelas y concedió a un promotor la destinada a la edificación mientras que a los particulares les concedió la otra en la que no sólo no les otorga edificabilidad, sino que les impone la cesión de los viales, el pago de la construcción de una carretera de 20 metros de ancho y el acondicionamiento de la zona verde". En el caso de que se apruebe el derribo de los cientos de edificaciones construidas, "el Ayuntamiento tendría que indemnizar con cantidades millonarias, de las arcas municipales, a los afectados", destaca el edil, "como consecuencia de una actuación de connivencia y trato de favor del grupo de gobierno hacia el promotor". Explica que la "operación especulativa" que el PP llevó a cabo en A Ponte consistió "en modificar en el plan el área de reparto a suelo urbano consolidado para no pagar la cesión a la que obliga la ley no hacer vivienda protegida ni pagar la urbanización".

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GONDOMAR

Si queres saber mais sobre Gondomar, pulsa aquí.

Faro de Vigo.es.-21-4-2007.-Los dos ex ediles de Gondomar se libran de la cárcel, pero se enfrentan a una inhabilitación El fiscal a cargo del caso de supuesta corrupción urbanística les imputa delitos de cohecho que no implican penas de prisión.

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CARBALLO

ANULADO por SENTENCIA XUDICIAL O PXOM DE CARBALLO

El Correo Gallego.-29-3-2007.- Polémica: Carballo no atendió los cambios que la Xunta propuso al PXOM El edil de Urbanismo califica de "chapuza" el documento aprobado en 2003 ·· Los informes de Carreteras, del arquitecto y el secretario municipal eran negativos ·· A pesar de ello todos los grupos votaron a favor del Plan Xeral

El Correo Gallego.-28-3-2007.- Una sentencia anula el Plan Xeral de Carballo aprobado en el 2003 .El TSXG entiende que los datos aportados por el Gobierno gallego son insuficientes ·· El Concello recurrirá ante el Supremo ·· Pedirá informes para conocer la repercusión sobre las licencias ·· La revisión del PXOM podría ser la solución .

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Carballo que había sido aprobado en mayo de 2003. El fallo se produce tras un recurso presentado ese mismo año contra la aprobación de dicho plan, por parte del presidente de la Asociación de Vecinos San Cristovo, de Lema ( Baldaio), José Luis Pacoret Regueira.

LOS DATOS: Más de 20 recursosContra la aprobación del Plan Xeral de Carballo fueron presentados más de veinte recursos contenciosos-administrativos, algunos de los cuales ya fueron desestimados, y otros estimados en parte. Además, también los hay pendientes de resolución por parte del TSXG.

Contrario a DerechoEl fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acerca del recurso presentado por la entidad vecinal entiende que el acuerdo de aprobación del Plan Xeral "es contrario a Derecho".

Normas subsidiarias En caso de que el Tribunal Supremo ratifique la decisión del TSXG y la revisión del Plan Xeral no haya sido aprobada para entonces, el alcalde, Evencio Ferrero, señaló que se volverían a aplicar las normas subsidiarias anteriores al PXOM .

 

Silleda-PONTEVEDRA

La Voz de Galicia.com.-21-decembro de 2006.-El TSXG ordena a Fernández tramitar la demolición de parte de un edificio. El Concello, demandado por otorgar la licencia, puede recurrir el nuevo fallo judicial. Otorga un mes de plazo al alcalde de Silleda para iniciar el proceso, del que debe informarle. El anterior fallo judicial, dictado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, ordenaba la demolición de la cuarta planta y de dos metros del fondo de la edificación ya que tiene veinte y el Plan Xeral vigente pone el límite en dieciocho ya que no era legalizable. En la resolución, de finales de mayo y que fue recurrida, se anulaba además la licencia otorgada por el Concello de Silleda el 21 de abril del 2005 para legalizar el inmueble por el que hay litigio desde hace ocho años.

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PONTIÑAS-LALÍN-Pontevedra

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-EN ESTE MOMENTO, LOS AFECTADOS PERCIBIRÁN 200 EUROS POR METRO Y 123 MÁS POR INTERESES Los terrenos del Pontiñas costarán más de 8 millones al retrasarse el pago

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-La Xunta deberá pagar 200 euros por metro a los expropiados del Pontiñas

,La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta recurrió en las distintas instancias las sentencias a favor de los vecinos

La Voz de Galicia-25 noviembre-Una valoración en función de las edificaciones del entorno

La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta deberá pagar 7,2 millones por las expropiaciones del Pontiñas
Un auto del TSXG fija en 200 euros por metro el coste de las parcelas de la primera fase

 

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Santiago

LA HORA DE LA VENGANZA
El Correo Gallego.- 20 de decembro de 2006.-Palo judicial a Raxoi por el "raro" trazado del vial Sar-Pontepedriña

Se queres comentar esta noticia, podes facélo desde a noticia publicada no mesmo xornal. El Correo Gallego.- 20 de decembro de 2006

El Tribunal Superior de Xustiza tumba los cambios realizados en el proyecto original para atender las demandas de los vecinos de la calle Ulla ·· Entre los recurrentes figura el propietario del polémico chalé ilegal que fue derribado con el fin de construir el enlace

El desquite del dueño:.- José Mariño Codesido es uno de los que han demandado al Ayuntamiento por el trazado del vial Sar-Pontepedriña. Mariño tenía un chalé en la rúa Boqueixón. La finca disponía de un terreno muy amplio que se extendía hasta el río Sar. Mariño llegó a ofrecer completamente gratis algunas tierras por las que podría pasar este vial, salvando así su casa, pero no tuvieron efecto sobre el equipo de gobierno municipal. Desde Raxoi se decía, por aquellas fechas, que esta vivienda se había construido sobre una zona verde y sin ninguna autorización. El chalé de José Mariño Codesido fue finalmente demolido el 15 de enero de 2002. Mariño no quiso hacer ayer declaraciones, pero ya en 2002 había denunciado que en la construcción de este vial "se han incumplido muchas normas.

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MIÑO -A Coruña

La Opinioncoruna.27 de abril de 2006.- LOS JUECES ESTIMAN LA DEMANDA CONTRA UNA PROMOCIÓN DE 1.500 VIVIENDAS Un tribunal anula la concesión a Fadesa de una urbanización en Miño

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EOLICAS

Sentenza pioneira
Galicia Hoxe.-15-2-2007.-Unha eólica de Chantada, obrigada a pagarlles a propietarios. Os afectados por un parque eólico de Enerfín en Chantada, satisfeitos pola sentenza do Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que obriga á empresa a remuneralos de xeito satisfactorio. Reclaman un 10% dos beneficios polo 1% que reciben actualmente .- A ASOCIACIÓN DEMANDANTE- Ventonoso: “A actual Xunta expolia os terreos”

Lavozdegalicia.es.-17-abril-2007.-PARQUES
Productores eólicos y propietarios de montes cargan contra la Xunta. Las grandes empresas tachan de «ilegal» el decreto de Industria y ultiman otro recurso

Los dueños de los terrenos exigen obtener un 10% del beneficio de los futuros parques

Endesa, Iberdrola, Eurovento y Acciona tienen el 50% del pastel .Advierte de que no es jurídicamente defendible que quien decide las concesiones se quede con el 10% de cada proyecto, y califican de «contrasentido» que Industria pueda conseguir un beneficio tan alto cuando ellos sólo ganan un 1%. Además, recuerdan que con el nuevo marco regulatorio la consellería puede iniciar una expropiación contra los vecinos una vez que el proyecto sea declarado de utilidad pública. «Esto nos deixa sen capacidade negociadora coas empresas e imos alegar; hai que recordar tamén que en caso de desacordo no precio quen fixa a indemnización é o xurado único de expropiación que, como o Inega, forma parte da Administración», explica Jacobo Feijoo, portavoz del colectivo.

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VIGO

Faro de Vigo.-9 de maio de 2007.-ROSALÍA DE CASTRO ES LA ZONA DONDE SE CONCENTRA LA MAYORÍA DE LAS PROPIEDADES

Más de 1.500 viviendas están afectadas por fallos judiciales que anulan licencias



simón espinosa / foto: miguel Núñez

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechazó el recurso municipal contra la sentencia de un edificio en A Pastora.
SENTENCIA
La Voz de Galicia.-15-2-2007.-El Tribunal Supremo ilegaliza en Vigo el mayor centro comercial de Galicia
El recinto incluye también cuatro torres que totalizan más de 300 viviendas.
La inversión para ejecutar el conjunto superó ampliamente los 200 millones de euros. El PSOE y la Xunta del PP impugnaron esta iniciativa . El revés se suma a los 2.000 pisos que ya están pendientes de derribo por sentencias

 

Expansión, viernes 23/05/2003 .-Madrid se enfrenta a una indemnización millonaria por expropiaciones indebidas. En aquel momento se estableció un pago por expropiación de 2,51 euros por metro cuadrado, que tras un proceso de negociación se incrementó hasta 10,8 euros. después de una sentencia del tribunal superior de justicia de madrid de 1994, la cantidad se ha acabado elevando hasta 48 euros por metro cuadrado: 1,38 millones de euros para el total de 21.000 metros cuadrados propiedad de las familias. mientras, el ayuntamiento acabó beneficiándose de un precio final de venta de, al menos, 213 millones. pese a ello, hasta ahora el ayuntamiento se ha negado a pagar por lo que los denunciantes han exigido el embargo de las cuentas municipales, proceso que en este momento se encuentra en tramitación

El Correo Gallego.15-2-2006.--Los últimos "rebeldes" del Castiñeiriño logran chalés
El IGVS logra cerrar un acuerdo entre los vecinos del sunp 13 y la cooperativa Combarro ·· Los propietarios recibirán una vivienda unifamiliar a cambio de sus casas . Los propietarios del sunp 13 de O Castiñeiriño recibirán viviendas unifamiliares a cambio de sus actuales casas y terrenos, sin tener que pagar ninguna cantidad a mayores por ellas.

La Voz de Galicia.es-09/03/2007.-SANCIÓN EN VIGO . Vivenda pide 3,6 millones a un promotor por cobrar de más por pisos protegidos .La medida responde a la denuncia colectiva presentada por 41 demandantes.

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SENTENCIAS

A Estrada- PONTEVEDRA

FARO DE VIGO---22/09/2005--- EL ALCALDE DE A ESTRADA Y TRES EDILES DEL PP, JUNTO CON ANTERIORES CONCEJALES, SE ENCUENTRAN IMPUTADOS

La Audiencia Provincial retoma el proceso por presunta prevaricación del concello

El informe de la Fiscalía señala la existencia de indicios de delito en la acción del gobierno local.


Ana Cela / A ESTRADA
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de A Estrada, que instruye la causa penal a instancia del grupo municipal del BNG contra miembros de la junta de gobierno local y del alcalde estradense, Ramón Campos, por un presunto delito de prevaricación administrativa, dictó un auto que da continuidad en la Audiencia Provincial de Pontevedra a las diligencias de un proceso iniciado hace más de una decena de años. La resolución judicial se fundamenta, según ayer explicaron fuentes pertenecientes al Bloque estradense, en el informe elaborado por la Fiscalía en el que se aprecian indicios de delito en todos los imputados.
Cabe recordar que el proceso y la situación descrita por el fiscal se deriva de la concesión de licencias declaradas ilegales por el Tribunal Supremo en mayo de 2002 de un edificio de la rúa Pérez Viondi y de parte de la céntrica calle Justo Martínez. Para el primer caso, al que se achacan alturas ilegales, los políticos locales se ampararon durante sus declaraciones ante el juez en la existencia de un informe favorable elaborado por un técnico externo al concello.
Imputados
Las citadas diligencias se incoaron en virtud de la denuncia de un particular por una supuesta prevaricación administrativa por la que fueron imputados, además del regidor local, el actual concejal de Urbanismo, José Manuel Reboredo; el edil de Rural, Manuel Somoza; el concejal de Facenda, Manuel Arca; así como anteriores integrantes del gobierno local, caso de Alfonso Uzal, Mario López y de los fallecidos Manuel Bernárdez y Manuel Coto Ferreiro, entre otros.
Del informe remitido por el fiscal al juzgado estradense se desprende, tal y como subrayó el BNG, que "los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de prevaricación urbanística o de prevaricación administrativa presuntamente cometidos por todos y cada uno de los imputados en la presente causa penal". La fiscalía señala que los "miembros de la corporación local de A Estrada votaron a favor de los acuerdos de naturaleza o materia urbanística claramente contrarios a la normativa vigente en la localidad de A Estrada en aquella época (años 1993, 1994 y 1996), en concreto de las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento de esta villa de 1978".
El documento elaborado por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra prosigue aludiendo al hecho de que existen sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que condenan a la administración local por su actuación urbanística "totalmente contraria al derecho vigente en los asuntos relativos a la modificación de unas normas subsidiarias municipales en el acuerdo de la atribución de unas condiciones de edificación que no se correspondían con la anchura de la vía o la calzada pública a la que hacía frente la edificación para la que se pedía licencia de obra".

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19/09/2005---Privación de libertad e inhabilitación

El grupo municipal del BNG, personado en esta causa como acusación, destacó ayer que el informe del fiscal apunta que las penas máximas a las que podrían ser condenados los imputados en este presunto delito de prevaricación no superarían los nueve años de privación de libertad. También se podrían imponer sanciones económicas e inhabilitación especial para empleo o cargo público.
No obstante, el fiscal deja clara su consideración de que las penas previstas para este delito "son en todo caso inferiores a las penas máximas (por las anteriormente citadas) que aparecen contempladas en el ámbito material de este procedimiento abreviado".
Dudas en Pérez Viondi
En otro orden de cosas, la Fiscalía entra en su análisis de los hechos a realizar una valoración de las presuntas irregularidades urbanísticas. En referencia al edificio de Pérez Viondi, el fiscal entiende que "es el que presenta más dudas de tipo técnico, ya que la solución parece a primera vista una salida correcta desde el punto de vista legal y estrictamente arquitectónico". "La solución o el acuerdo municipal pudo ser incorrecto pero quizás no arbitrario, abusivo y retorcido jurídicamente puesto que podía responder a una justificación técnica y a un argumento legal sustentado en las facultades de armonización o uniformación de las alturas y otras condiciones urbanísticas de ciertas calles".

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La Voz de Galicia--22/09/2005-El gobierno estradense será juzgado por tres denuncias urbanísticas de los noventa

El juez traslada a la Audiencia las diligencias, tras informar el fiscal que hay indicios de delito por prevaricación

La presunta ilegalidad afecta a la rúa de los cines, chalés y un edificio en Pérez Viondi

(Firma: F. S. Cordón | Lugar: a estrada)
El auge urbanístico que vivió la villa estradense en los noventa quedó empañado parcialmente por algunas denuncias urbanísticas ante acuerdos municipales y licencias que podrían rozar la ilegalidad. Casi todas acabaron archivadas, pero uno de los pleitos siguió adelante y llega ahora a la Audiencia Provincial, con una seria amenaza judicial para quienes adoptaron aquellos acuerdos, la práctica totalidad de gobernantes municipales de entondes, de los que varios siguen en activo en el gobierno local, como Ramón Campos, Somoza, Reboredo o Arca.

Las denuncias del BNG señalaban que existían ilegalidades en decisiones y permisos municipales para los chalés construidos junto a la iglesia, catalogación de la calle donde están actualmente los cines como prolongación de Losada Diéguez -decisión que permitía dar más edificabilidad a las futuras construcciones- y alturas concedidas a un edificio en la calle Pérez Viondi considerando que el inmueble formaría parte de la plaza de A Farola.

El juzgado de Primera Instancia de A Estrada dictó hace poco más de un mes un auto, relativo a estos casos, por el que da continuidad a las diligencias, tras un informe del fiscal que aprecia indicios de delito en todos los imputados. En concreto, se estima la presunta comisión de delito de prevaricación urbanística o administrativa, indicando además que las penas máximas a las que podrían ser condenados son de nueve años de privación de libertad, con multas e inhabilitación.

El caso seguirá ahora en la Audiencia Provincial, a la espera de que el fiscal presente -si corresponde finalmente- su acusación y petición de penas. Habrá juicio en la Sala de lo Penal.

Las partes fueron informadas el pasado día 12 sobre el auto, contra el que se puede interponer recurso de reforma y de apelación.

Hace tres años, el Tribunal Supremo desestimó un recurso del Concello estradense -contra un fallo del TSXG que apreciaba ilegalidad en los acuerdos urbanísticos- dándole la razón a las denuncias del BNG estradense, que logra ahora abrir un proceso penal en la Audiencia.

Las denuncias llegan ahora a dicha vía penal tras un largo y complejo proceso con resoluciones administrativas.

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La Voz de Galicia- 20 de febrero de 2003

Seis ediles del PP estradense declaran esta mañana en el juzgado por la querella urbanística El BNG decidió dejar al margen de su acusación a Palmou, quien también votó a favor de aquellas propuestas, porque consideró que al ser aforado, podría complicarse y retrasarse todo el proceso

Seis concejales del actual grupo de gobierno del Concello de A Estrada, que votaron en la anterior legislatura a favor de unos acuerdos urbanísticos relativos a alturas de edificios, declaran esta mañana en el juzgado estradense por estar imputados en la querella presentada por el BNG local en relación a dichos acuerdos.
El alcalde estradense también fue llamado a declarar, pero está convaleciente de una enfermedad y acudirá al juzgado dentro de unos días. Sí lo hacen hoy, a partir de las once de la mañana, Somoza, Bernárdez, Uzal, Reboredo, Arca y Mario López. El BNG decidió dejar al margen de su acusación a Palmou, quien también votó a favor de aquellas propuestas, porque consideró que al ser aforado, podría complicarse y retrasarse todo el proceso.Los acuerdos urbanísticos denunciados afectaban a un edificio de la calle Pérez Viondi y tramo de Justo Martínez.

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Logo de once anos...
Xoves 22 de Setembro de 2005 - 12:44

http://www.benega.info/aestrada

O Xulgado de Primeira Instancia e Instrución nº 1 da Estrada que instrúe a causa penal (Dilixencias Previas P.A. 665/1994), a intancias do BNG, polo “presunto delicto de prevaricación administrativa” contra os membros da Comisión de Goberno do Partido Popular da Estrada, na que están imputados o Alcalde, Sr. Ramón Campos, o actual Concelleiro de Urbanismo, Sr. Reboredo Baños, o actual Concelleiro de Facenda, Sr. Arca Castro e o Concelleiro de Rural, Sr. Somoza Carbón, entre outros, dictou un Auto que dá continuidade ás Dilixencias, ao ter informado o Fiscal que aprecia indicios de delicto en tódolos imputados, en concreto estima a presunta comisión do delicto de prevaricación urbanística (Art. 320 do Código Penal) ou de prevaricación administrativa (Art. 404 do Código Penal), indicando que as penas máximas as que poderían ser condenados son de nove anos de privación de liberdade, e outras de multa e inhabilitación especial para emprego ou cargo público.

Queremos salientar, tras 11 anos de proceso, a continuidade deste preceso xudicial tras o Informe da Fiscalía, e que segudo nos informa o noso Asesor Xurídico terá continuidade nesta fase na Audiencia Provincial, onde se celebrará o xuízo.

Máis información sobre o asunto da sentencia xudicial

El Correo Gallego, 12 de julio de 2006.

Urbanismo de A Estrada, a juicio
El fiscal pide 16 años de inhabilitación y una multa de 19.440 € para ediles del PP por presunta prevaricación en los 90 ·· Entre los imputados por tres licencias: Campos y tres concejales del gobierno actual ·· El Supremo declaró ilegales las obras por la denuncia del BNG

Faro de Vigo, 12 de xullo de 2006

LA AUTORIDAD JUDICIAL DESESTIMA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SOLICITADO POR LA DEFENSA. El fiscal pide inhabilitación para Campos y ediles del PP por presunta prevaricación

La Voz de Galicia, 12 de xullo de 2006.

Piden inhabilitación para el gobierno estradense de 1993 por el urbanismo
Un auto del juez señala que procede celebrar una vista por presuntos delitos de prevaricación

BNG- A Estrada.-O Fiscal solicita 8 anos de inhabilitación para o Alcalde e os Concelleiros do PP

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La Voz de Galicia.-16/09/2005 | Deza-Tabeirós .-Exigen el derribo de una casa en Codeseda
Un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) del día 5 exige al Concello de A Estrada la ejecución de la sentencia de derribo de una vivienda unifamiliar situada en Currelos, en la parroquia estradense de Codeseda. El auto desestima el recurso presentado por los propietarios del inmueble ante el Constitucional y hace un exhorto al alcalde, Ramón Campos, para que ejecute la sentencia de inmediato. De lo contrario, incurriría en un delito de desobediencia.

Faro de Vigo.es.- 15/07/2006.-El TSXG ratifica que hay que ejecutar la demolición de una casa en Codeseda



Una vista, en primer término, de la casa que ordena derribar el TSXG. /BERNABÉ


Da la razón al concello al resolver el incidente de inejecución que presentó el dueño de la vivienda.

Silvia Pampín / A ESTRADA
Un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de ratificar que hay que ejecutar la demolición de una casa en Codeseda. La junta local de gobierno de A Estrada tendrá conocimiento el lunes de este auto con el que el Alto Tribunal da la razón al concello al resolver el incidente de inejecución presentado por el dueño del inmueble. Éste pedía que la ejecución de la demolición se suspendiese hasta que se resolviese definitivamente el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM).
El TSXG estima que la vivienda unifamiliar no es legalizable y determina que debe demolerse, como ya había ordenado el Alto Tribunal gallego a principios de septiembre de 2005 tras recibir la notificación del Tribunal Constitucional en la que éste le comunicaba la inadmisión del recurso de amparo que había presentado hacía seis meses el propietario de la vivienda sobre la que pesa la orden de derribo, R.P.O, contra la inadmisión del recurso de casación en el que se solicitaba cautelarmente la suspensión de la ejecución de sentencia.
Entonces, el auto del TSXG ordenaba que la ejecución del derribo de la vivienda se realizase bajo la directa supervisión del alcalde de A Estrada, Ramón Campos. Asimismo, el documento judicial también incluía un apercibimiento en virtud del cual el alcalde debería deducir testimonio, informando periódicamente al Alto Tribunal Gallego de la evolución de la ejecución del derribo. En caso contrario, incurriría en delito de desobediencia, según se advertía en el texto del propio auto judicial.
Un largo conflicto
En cuanto a la casa en cuestión, se construyó con una licencia de galpón en las cercanías de la carretera que enlaza A Estrada y Forcarei a la altura de Codeseda delante de otra vivienda cuya dueña denunció la construcción de este inmueble. El concello paralizó la obra pero, al presentar la parte demandada proyecto de legalización, finalmente concdió licencia a la edificación en 1998.
Entonces la denunciante, a través del bufete Sánchez Campos, interpuso la correspondiente demanda en el Contencioso-Administrativo del TSXG contra el acuerdo de concesión de la licencia de legalización adoptado por el gobierno local. Finalmente, el Alto Tribunal gallego dictaba el 20 de diciembre de 2002 una sentencia que anulaba la licencia de legalización y condenaba al concello a demoler la vivienda.
Esta sentencia fue recurrida por la parte demandada ante el Tribunal Supremo, que acabó ratificando la sentencia del TSXG. Después de que el gobierno local designase al edil de Urbanismo como instructor del expediente de derribo, el dueño de la vivienda recurrió al Constitucional. Éste no admitió su recurso.

 

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OURENSE

El CorreoGallego.es .-5-abril-2007.- -El TSXG declara ilegales centenares de viviendas en un barrio de Ourense ."El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, "alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró. La sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados.
El auto del juez afecta a centenares de viviendas de nueva construcción, zonas verdes y al nuevo edificio de la Policía Local ·· El Bloque dio a conocer ayer el fallo, aunque había sido dictado el pasado 5 de marzo
EUROPA PRESS • OURENSE

En primer término, el edificio que alberga la sede de la Policía en el barrio ourensano de A Ponte
FOTO: La Región
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado ilegal una parte del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) del barrio de A Ponte de la ciudad de Ourense. La zona afectada incluye centenares de viviendas de nueva promoción entre las calles Basilio Álvarez, As Caldas y Xesús Pousa, zonas verdes e incluso la nueva sede de la Policía Local ourensana.

La sentencia fue hecha pública ayer por el grupo municipal del BNG en el Ayuntamiento de Ourense, aunque fue dictada por el juez con fecha 5 de marzo de este año, después de que unos vecinos de A Ponte presentasen un recurso contra una reparcelación de la zona que el ayuntamiento concedió a un promotor de la construcción en el año 1998. Por aquel entonces ocupaba la cartera de Urbanismo en el Ayuntamiento de Ourense Ricardo Campo Labrador, quien, según los nacionalistas, modificó "puntualmente" el PXOM para esa zona de A Ponte.

La sentencia invalida ahora este acuerdo y, como consecuencia, todas las actuaciones inmobiliarias realizadas, dotaciones, espacios públicos, así como zonas verdes, se encuentran en la actualidad en situación de ilegalidad. El candidato del BNG a la alcaldía de Ourense, Alexandre Sánchez Vidal, compareció en una rueda de prensa en la que aseguró que la sentencia del Alto Tribunal afecta a "dotaciones públicas fundamentales", como el edificio de la Policía Local, "que está incluido en esta área de planeamiento".

Proceso de reparcelación

Asimismo, la decisión judicial también atañe a zonas verdes "previstas" o a un nuevo vial de la zona, como es la calle Basilio Álvarez, que comunica ésta con la estación de ferrocarril que, en un futuro, será la estación del AVE. El candidato nacionalista explicó que esta situación es "consecuencia" de un proceso de "reparcelación" de 1998, cuando un promotor "pide una modificación puntual" de un área de actuación "conjunta" que databa del planeamiento de 1986.

Así, Sánchez Vidal manifestó que el grupo de gobierno del Ayuntamiento de Ourense "concedió" esta petición del promotor y que, por aquel entonces, los nacionalistas ya "advertimos" de los problemas que esta situación produciría en un futuro. "Significa trasladar todos los beneficios urbanísticos a ese promotor y las cargas urbanísticas de dotaciones públicas a una serie de familias de A Ponte", aseveró.

Sánchez Vidal recriminó la modificación del PXOM en esa zona de la ciudad y culpó al gobierno municipal ourensano de propiciar un "trato de favor" hacia el promotor inmobiliario, en contra del "interés colectivo de los vecinos" de la zona. Acusó también al alcalde de Ourense, Enrique Nóvoa, de seguir gestionando esa modificación cuando era concejal de Urbanismo.

Abducido

En este sentido, el candidato del BNG explicó que Enrique Nóvoa "gestionó todo el proceso que después llevó a esta sentencia" y aunque tuvo "oportunidad" de resolver esta situación, "no lo hizo". "El candidato popular no puede seguir en la actitud de que fue abducido durante todo este tiempo, alguien se metió en mi cuerpo y no me enteré de nada", aseveró.

Además, Sánchez Vidal aseguró que la sentencia "deja claro" que si el letrado que representa a los vecinos de A Ponte hubiese solicitado la anulación de todo el PXOM, "se le habría concedido". Los nacionalistas consideran que se trata de un problema de dimensiones "enormes" y proponen que el gobierno municipal "rehaga" el planeamiento urbanístico en la zona para lograr su aprobación, ya que calculan que el área podría alcanzar unos 100.000 metros cuadrados.

AVALES TÉCNICOS Y JURÍDICOS Alcalde y promotor recurren al TS

El Ayuntamiento de Ourense y el promotor presentaron sendos recursos contra la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de anular la parcelación aprobada en 2003 por la Xunta de Galicia par el barrio de A Ponte. El alcalde alegó contar con el respaldo de informes jurídicos y técnicos.

Mientras que el Bloque estimó que la superficie afectada por la sentencia es de 50.000 metros cuadrados, el regidor municipal explicó que afecta "sólo a una esquina con dos edificios". Según recordó a Efe, la parcelación de esos terrenos requirió una modificación puntual del PXOM que se aprobó en un pleno municipal de 2003 con los votos a favor de PP y PSdeG y la abstención de los concejales nacionalistas. Tres meses después, la Consellería de Política Territorial dio su aprobación definitiva al plan general, incluyendo la modificación realizada por el Ayuntamiento, según Enrique Nóvoa, y con el respaldo de los informes jurídicos y técnicos.

La construcción continuará

"Salvo en la esquina afectada, la construcción en la zona continuará y seguimos adelante con la decisión de sacar a concurso público la construcción de un aparcamiento subterráneo", añadió el alcalde.

La relación a las responsabilidades de la actuación ahora anulada por el TSXG, Nóvoa recordó que él no era concejal de Urbanismo en aquel momento. "Sólo quiero manifestar mi respeto a las familias afectadas, a las que conozco, y que no son cientos ni mucho menos, como dice el BNG" .

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La Voz de Galicia.-4-abril-2007.- El TSXG anula parte del PXOUM ourensano a petición de un particular

La suspensión afecta a la urbanización de viviendas en una zona reparcelada.

(Firma: Redacción digital)
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia anula una parte del PXOUM de Ourense que afecta a la urbanización del barrio de A Ponte de la ciudad donde se ubica un edificio de la policía y estaban proyectadas varias viviendas.

La denuncia partió de un particular y tiene relación con la reparcelación de un área urbana. El TSXG da la razón al denunciante y declara nula la modificación del plan en relación a esta actuación, que fue acometida en el año 2003.

Aunque la anulación se refiere a dos parcelas concretas, el BNG ourensano ya ha alertado que por extensión alcanza a la planificación de toda la zona en la que se ubican cientos de viviendas, hechas y de futura construcción. También se encuentra en este lugar un edificio de la policía que, de progresar la decisión judicial, estaría fuera del plan.

Desde el concello ya se ha anunciado que presentarán un recurso de casación contra la decisión del TSXG. Además insisten en que el fallo sólo afecta a dos parcelas de esta urganización del barrio de A Ponte.

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El Pais.com.05/04/2007 .-El Tribunal Superior anula la urbanización de la zona de expansión de Ourense. El Ayuntamiento agrupó solares y concedió la edificabilidad a un promotor y las cargas a los vecinos
CRISTINA HUETE - Ourense -


El Tribunal Superior de Xustiza ha declarado nula la urbanización de 75.000 metros cuadrados de una importante área de expansión de Ourense en el barrio de A Ponte, incluida en el Plan Xeral de Ordenación Municipal. El complejo alberga un centenar de viviendas, zonas verdes, la nueva sede de la Policía Local y el vial que va a la estación del tren. El fallo se produce a instancias de los afectados por la recalificación, que el Ayuntamiento realizó con "una argucia legal para juntar varios solares en uno solo y modificar la edificabilidad, que concedió a un promotor".


La sentencia del alto tribunal indica que si los demandantes hubieran pedido la nulidad del plan general en su conjunto, la habría concedido. El plan urbanístico de Ourense, aprobado en 2003 por el grupo de gobierno del Ayuntamiento (PP), "favoreció en el barrio de A Ponte los intereses de un particular por encima de los públicos", señala el portavoz del BNG y candidato a la alcaldía, Alexandre Sánchez Vidal.

Sánchez Vidal asegura que el Ayuntamiento "amañó un acuerdo con un promotor de forma que aprobó la segregación del polígono urbano en varias parcelas y concedió a un promotor la destinada a la edificación mientras que a los particulares les concedió la otra en la que no sólo no les otorga edificabilidad, sino que les impone la cesión de los viales, el pago de la construcción de una carretera de 20 metros de ancho y el acondicionamiento de la zona verde".

El portavoz nacionalista asegura que como miembro de la comisión de Urbanismo alertó en reiteradas ocasiones al grupo de gobierno de esta irregularidad "pero al actual alcalde y candidato del PP, Enrique Nóvoa, le da por decir que no es político, sino electricista, y resulta que no es más que un incompetente". Sánchez Vidal destaca que con su actuación, Nóvoa ha provocado la "inseguridad e incertidumbre de promotores ajenos a esto y de cientos de familias orensanas que han comprando pisos en esa zona y que tienen ahora un futuro incierto".

El BNG señala que el actual regidor dejó sin contestar, en su etapa de concejal de Urbanismo, los recursos de reposición que durante cuatro años le plantearon los vecinos afectados de esta zona "generando con su silencio un problema de gran magnitud". "El candidato del PP no puede ampararse en que fue abducido durante todo este tiempo", protesta.

En el caso de que se apruebe el derribo de los cientos de edificaciones construidas, "el Ayuntamiento tendría que indemnizar con cantidades millonarias, de las arcas municipales, a los afectados", destaca el edil, "como consecuencia de una actuación de connivencia y trato de favor del grupo de gobierno hacia el promotor".

Además de a las viviendas, la sentencia afecta a importantes dotaciones públicas de la ciudad ejecutadas en esta zona próxima al centro: el edificio de la Policía Local, una parte del área del planeamiento de la zona del Puente del Milenio y el nuevo vial que comunica con la estación del ferrocarril, que en el futuro será la del AVE.

El PSdeG sostiene que sentencias como ésta ratifican su decisión de denunciar el plal general "porque es especulativo y sólo favorece intereses particulares". El portavoz y candidato socialista a la alcaldía, Francisco Rodríguez, advierte que éste "sólo es un capítulo más y no sabemos lo que nos depara el futuro". Explica que la "operación especulativa" que el PP llevó a cabo en A Ponte consistió "en modificar en el plan el área de reparto a suelo urbano consolidado para no pagar la cesión a la que obliga la ley no hacer vivienda protegida ni pagar la urbanización".

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Gondomar

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Faro de Vigo.es.-21-4-2007.-Los dos ex ediles de Gondomar se libran de la cárcel, pero se enfrentan a una inhabilitación. El fiscal a cargo del caso de supuesta corrupción urbanística les imputa delitos de cohecho que no implican penas de prisión.


U. Foces / VIGO


No irán a la cárcel. Los dos ex concejales del gobierno local gondomareño José Luis Mosquera y Alejandro Gómez, así como la compañera sentimental del primero y el arquitecto vigués Borja Ramilo, detenidos en febrero por una supuesta corrupción urbanística en Gondomar, no irán a prisión aún en el caso de ser juzgados y considerados culpables. La razón es que se les imputan tres delitos de cohecho a cada uno de los concejales y también al arquitecto. Este figura penal está castigada con una inhabilitación que, de no existir agravantes (como parece ser en este caso), implica la suspensión de empleo o cargo público de 6 meses a 3 años.


El Juzgado Número 6 de Vigo que instruye las diligencias por la supuesta corrupción urbanística de Gondomar ha dado por concluida la investigación y no tiene previsto citar a nadie más tras la declaración de los cuatro imputados y los propietarios, promotores e intermediarios de las tres fincas que dieron origen al caso y que se ratificaron ante la juez de la petición de dinero para acometer las edificaciones que tenían previstas.


El siguiente paso será dar traslado de las diligencias a las partes para la calificación de los hechos, salvo que prospere algún recurso de las partes y se pidan nuevas imputaciones.
La Fiscalía de Ordenación del Territorio, que desarrolló de oficio toda la investigación a raíz de la denuncia de uno de los promotores a quienes se requirió una cantidad económica para construir varios chalés, presentará el único escrito de acusación.
Al igual que en un primer momento, las imputaciones finales de la fiscalía serán de autoría y coautoría de tres delitos de cohecho para cada uno de los varones. La novia del edil Mosquera podría no ser imputada. Su relación con el caso responde a que acompañaba al concejal cuando éste recibió del promotor que actuó como "gancho" un sobre con el dinero que ella guardó en su bolso.
Las declaraciones de imputados y testigos, colocan al edil de Cultura, José Luis Mosquera, en el centro de la operación desarticulada por la Fiscalía, si bien las pruebas practicadas por el Juzgado de Instrucción 6 avalarían la tesis de la Fiscalía, lo que conlleva la imputación contra el edil de Urbanismo, Alejandro Gómez.
El juicio, que se prevé largo, será con jurado popular, a tenor de lo dispuesto en la legislación para aquellas autoridades o funcionarios públicos (caso de los dos ediles) "que solicitaren dádiva o presente, o admitieren ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo o como recompensa del ya realizado". La pena, además de inhabilitación hasta 3 años, puede conllevar una multa del triplo del valor de la dádiva. En el caso del arquitecto la acusación tendrá que estudiar la petición de una inhabilitación especial. Ésta es una de las pocas ocasiones en las que un profesional ajeno a las administraciones aparece involucrado en el eje central de una posible trama urbanística.
Las diligencias, prácticamente concluidas, se cierran con una de las personaciones modificadas. El PP, partido bajo cuyas siglas gobernaban los dos ediles, se personó como acusación particular, si bien su propuesta fue rechazada por la juez por un defecto de forma, y es que si quieren personarse tendrán que hacerlo mediante una querella y acusar.

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Carballo


El Correo Gallego.-29-3-2007.- Polémica: Carballo no atendió los cambios que la Xunta propuso al PXOM
El edil de Urbanismo califica de "chapuza" el documento aprobado en 2003 ·· Los informes de Carreteras, del arquitecto y el secretario municipal eran negativos ·· A pesar de ello todos los grupos votaron a favor del Plan Xeral
J. M. R. • MUXÍA
La anulación del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Carballo por parte del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia viene motivada, entre otras causas, porque no se realizaron todas las modificaciones que la Consellería de Política Territorial propuso en su informe que, aunque era favorable, ponía como "expresa condición" subsanar "la totalidad de las observaciones" reseñadas en el mismo.

Además, según se desprende de la sentencia de la TSXG, tanto los informes de la oficina técnica municipal, como de Carreteras y del secretario "eran negativos", por lo que, el Tribunal Superior deja entrever en su sentencia que la Xunta fue muy "generosa" a la hora de emitir un informe favorable.

El actual edil de Urbanismo, Andrade Cristóbal (CDI), que en 2003 no formaba parte de la Corporación que aprobó por unanimidad el Plan, aseguró que su partido había remitido un escrito al Concello "pidiendo que no se aprobase porque los informes que teníamos decían que las cosas se estaban haciendo mal".

Cristóbal recordó que ya en su día apuntó "que el plan iba a caer", y calificó de "chapuza" la decisión adoptada en 2003 por todos los grupos con representación en el Concello "motivada por la proximidad de unas elecciones municipales".

Caride, en el Parlamento

Por su parte, desde la Consellería de Política Territorial aseguraron que el Plan Xeral aprobado por el Concello carballés en mayo de 2003 se hizo al amparo de la Ley del 1997, por lo que, al contrario de lo que sucede actualmente "la aprobación definitiva recaía en las corporaciones locales".

Ayer en el Parlamento durante una intervención sobre el PXOM de Vigo, la conselleira María José Caride, justificó la actuación estricta que está manteniendo su departamento en los últimos meses al analizar los planes general. En este sentido aseguró que la anulación del PXOM de Carballo "pon de manifesto que a Consellería ten que facer o seu traballo para garantir a seguridade xurídica".

LA OPINIÓN TÉCNICANo afectará a las licencias

La anulación del PXOM no afectará a las licencias concedidas desde el año 2003, y no impedirá conceder otras nuevas, al menos en la "gran mayoría de los casos, si bien habrá que actuar con cierta prudencia en otros", según indicó Evencio Ferrero, tras una reunión mantenida con un experto en Urbanismo, a la que asistieron los portavoces de todos los grupos políticos. El regidor aseguró además que lo "normal" es que se admita a trámite el recurso de casación y, por ello, reiteró que "estaríamos en la misma situación que hace tres días". Insiste en que debe mantenerse la tranquilidad y anunció que el sábado habrá una reunión con los sectores afectados.

Por su parte, Manuel Andrade confía en que se apruebe lo antes posible la revisión del Plan que promovió su departamento, para regularizar la normativa definitivamente.

El Correo Gallego.-28-3-2007.- Una sentencia anula el Plan Xeral de Carballo aprobado en el 2003


El TSXG entiende que los datos aportados por el Gobierno gallego son insuficientes ·· El Concello recurrirá ante el Supremo ·· Pedirá informes para conocer la repercusión sobre las licencias ·· La revisión del PXOM podría ser la solución

J. M. R. • MUXÍA
Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Carballo que había sido aprobado en mayo de 2003. El fallo se produce tras un recurso presentado ese mismo año contra la aprobación de dicho plan, por parte del presidente de la Asociación de Vecinos San Cristovo, de Lema ( Baldaio), José Luis Pacoret Regueira.

El alcalde, Evencio Ferrero, y los portavoces de los cuatro grupos municipales representados en la Corporación comparecieron ayer en rueda de prensa para analizar la resolución judicial que, según el regidor, se basa únicamente en "cuestiones de procedimiento". Así, el Tribunal Superior entiende que los informes aportados por la Xunta, a pesar de ser todos ellos favorables, son insuficientes.

Ferrero reconoció que se trata de una noticia de "impacto" y que puede generar desconcierto, pero quiso enviar un mensaje tranquilizador a los vecinos porque "este Concello está libre de toda sospecha urbanística", a la vez que recordó que el Plan Xeral fue apoyado, de forma unánime, por todos los partidos.

Además, el alcalde confirmó que el Concello presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y, para ello, recabará los pertinentes informes jurídicos con el fin de conocer también cómo puede afectar la resolución judicial a la concesión de nuevas licencias.

Gobierno local y oposición confían en que el fallo del TSXG no tenga efecto alguno, pues esperan que antes de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso de casación esté aprobada la revisión del Plan Xeral que se está tramitando, y que dejaría resueltos todos los problemas.

El alcalde señaló que pedirán reuniones con la Consellería de Política Territorial para que agilice los trámites de dicha revisión, ya que entiende además que la propia Administración autonómica "es parte codemandada en este proceso".

LOS DATOS:

Más de 20 recursosContra la aprobación del Plan Xeral de Carballo fueron presentados más de veinte recursos contenciosos-administrativos, algunos de los cuales ya fueron desestimados, y otros estimados en parte. Además, también los hay pendientes de resolución por parte del TSXG.

Contrario a DerechoEl fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acerca del recurso presentado por la entidad vecinal entiende que el acuerdo de aprobación del Plan Xeral "es contrario a Derecho".

Normas subsidiarias En caso de que el Tribunal Supremo ratifique la decisión del TSXG y la revisión del Plan Xeral no haya sido aprobada para entonces, el alcalde, Evencio Ferrero, señaló que se volverían a aplicar las normas subsidiarias anteriores al PXOM .


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La Voz de Galicia.com.-21-decembro de 2006.-El TSXG ordena a Fernández tramitar la demolición de parte de un edificio. El Concello, demandado por otorgar la licencia, puede recurrir el nuevo fallo judicial. Otorga un mes de plazo al alcalde de Silleda para iniciar el proceso, del que debe informarle



(Lugar: la voz | lalín)
?na resolución judicial dictada por la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) requiere al alcalde de Silleda, José Fernández, que en el plazo de un mes proceda a iniciar los trámites de cara a la demolición de parte de un edificio situado en la esquina de las calles Emilio Alonso Paz y José Antonio. En la providencia, establece que el Concello de Silleda debe informar, además, a la sala del TSXG del desarrollo de esta tramitación.

La nueva resolución judicial indica que es necesario cumplir el fallo que fijaba la demolición de parte del inmueble mientras no se plantee que no se puede ejecutar. «Mientras no se platee en el proceso específico incidente de inejecutabilidad de sentencia, deviene obligada la ejecución de la sentencia resolutoria del presente proceso, en cuanto a las consecuencias de demolición que de la misma deriven», indica la providencia. Es por ello, que requiere al Ayuntamiento de Silleda, en la persona de su alcalde-presidente, que inicie el proceso de cara a derribar parte de la edificación. Contra la resolución dictada, las partes implicadas tanto el Concello (el demandado) como la firma propietaria del inmueble Gumadeza (codemandada), pueden presentar un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

El anterior fallo judicial, dictado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, ordenaba la demolición de la cuarta planta y de dos metros del fondo de la edificación ya que tiene veinte y el Plan Xeral vigente pone el límite en dieciocho ya que no era legalizable. En la resolución, de finales de mayo y que fue recurrida, se anulaba además la licencia otorgada por el Concello de Silleda el 21 de abril del 2005 para legalizar el inmueble por el que hay litigio desde hace ocho años. El juzgado provincial estimaba que el Concello al otorgar el permiso para la edificación pretendía «defraudar» la ejecución del fallo del TSXG de noviembre del 2002 en la que se anulaba la licencia municipal otorgada por el Concello en 1998 para la construcción de la edificación en la esquina de las calles Alonso Paz y José Antonio.

Largo proceso

Desde el año 1998, el inmueble se encuentra en los juzgados. Manuel Pena presentó entonces un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la comisión de gobierno al entender que sus características no se adaptaban a la legislación urbanística. El TSXG estimó su recurso en el 2002 y anuló la licencia, y con posterioridad, se anuló el permiso que legalizaba la construcción.

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MIÑO -A CORUÑA

La Opinioncoruna.27 de abril de 2006.-
LOS JUECES ESTIMAN LA DEMANDA CONTRA UNA PROMOCIÓN DE 1.500 VIVIENDAS
Un tribunal anula la concesión a Fadesa de una urbanización en Miño


El Tribunal Superior de Galicia ha estimado el recurso que presentaron los expropiados contra el acuerdo del Ayuntamiento por el que se adjudicaron la obras a la inmobiliaria.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia que supone la anulación de la adjudicación que hizo el Concello de Miño a Fadesa Inmobiliaria en 2002 para construir una urbanización entre Perbes y San Xoán de Vilanova, una de las de mayor dimensión de Galicia, con 1.500 viviendas, un campo de golf de 18 hoyos y un hotel.

Los jueces han estimado el recurso que presentó la asociación de afectados por las expropiaciones para ejecutar este sector residencial contra la resolución del Ayuntamiento de adjudicar la concesión a Fadesa pero desestimaron la impugnación del acuerdo plenario que supuso la elección del sistema de expropiación, en lugar del de compensación, para desarrollar este ámbito.

Esta sentencia, emitida el mes pasado, plantea dudas sobre cómo será aplicada y si supondrá la paralización o no de las obras que se llevan a cabo en esta zona, donde Fadesa ya ejecutó el 70% del proyecto de urbanización y el 50% del campo de golf. Los responsables de la entidad, según confirmaron hace unas semanas, preveían iniciar la siembra del césped del campo, los ocho primeros hoyos (de los 18 totales) en cuanto se acercase el verano y mejorase el tiempo. La empresa pidió autorización al Concello para abrir el campo de golf el pasado mes de enero. También anunciaron que antes de finalizar este año entregarían las primeras viviendas. La resolución del Tribunal Superior es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La superficie de actuación ocupa 160 hectáreas; dicho de otro modo, 160 campos de fútbol; es decir, el 4,5% de la superficie del ayuntamiento de Miño. La edificabilidad sobre la superficie total de este ámbito es de 0,20 metros cuadrados por metro cuadrado y la densidad, 8,5 viviendas por hectárea. En total Fadesa prevé construir 272 chalés pareados y 172 adosados; 384 pisos y apartamentos; además de 392 parcelas para vender individualmente. El presupuesto total es de 30 millones de euros y el plazo de ejecución, 30 meses.

Los afectados por las expropiaciones presentaron un contencioso en 2002 en el que impugnaban la elección del sistema de expropiación porque varios propietarios ya habían llegado a un acuerdo con una inmobiliaria para desarrollar esta urbanización por el sistema de compensación. También recurrieron la aprobación en pleno del pliego de bases al entender que dicha aprobación no podía haberse realizado antes de que se aprobase el plan general de ordenación (pues sino se aprobase el plan, no tendría razón de ser el pliego). También impugnaron la adjudicación de la urbanización a Fadesa al entender que no se hizo un concurso real, pues sólo se presentó esta inmobiliaria, por lo que no se pudo comparar y elegir entre varias ofertas.

El TSXG destaca en su sentencia que "llama la atención" que el Concello procediese a elegir el sistema de actuación "sin que previamente se hubiera aprobado el instrumento de planeamiento que da cobertura normativa a la actuación", es decir, un plan parcial. Para el Alto Tribunal éste es ya un motivo decisivo para impugnar esta decisión, pero a lo largo de la resolución reconoce varias alegaciones de la parte demandada. El fallo tiene en cuenta informes del asesor jurídico y del secretario del Concello, en los que aseguraban que el sistema de expropiación era el único posible ante la imposibilidad del desarrollo de la urbanización por medio de la iniciativa privada; ante la imposibilidad del Ayuntamiento de desarrollarlo él mismo; así como por la excesiva fragmentación del parcelario y el elevado número de propietarios.

Los magistrados dan sin embargo la razón al Concello al aducir que carece de medios para desarrollar este ámbito; admite que no fue posible llegar a un acuerdo entre los propietarios para que ellos mismos desarrollasen la actuación; y reconoce la existencia de minifundismo, tras ver los planos, por lo que considera que "no cabe apreciar " la vulneración de la legislación aplicable.

El TSXG añade que su interpretación habría sido "totalmente distinta" si los afectados por las expropiaciones hubiesen llegado a un acuerdo entre ellos y hubiesen presentado la petición del sistema de compensación desde el principio.

La urbanización Anácara, que así se denomina, ha sido y es una fuente importante de ingresos para el Concello: en 2005, por tasas y licencias de obras ingresó en total 1.567.937,7 euros. La inversión real del Concello para ese año fue de 1,3 millones; es decir, que con los ingresos de Fadesa pudo afrontar todas las obras y aún le sobró dinero.

El origen

El desarrollo de este ámbito residencial-deportivo comenzó a gestarse hace casi seis años, en 2001, cuando el entonces alcalde Deogracias Romeu firmó un convenio urbanístico con Fadesa porque quería "intensificar el desarrollo" de las "potencialidades" de Miño en el sector turístico.

En mayo de 2002 se aprobó el pliego de cláusulas del concurso que se abrió y el pleno del Concello del mes de agosto de ese año adjudicó de forma definitiva a Fadesa la actuación mediante concesión. La inmobiliaria aplicó el sistema de expropiación pero los propietarios afectados, al estar disconformes, presentaron un recurso, del que ahora se conoce la sentencia. Estos afectados también presentaron otro recurso, con próxima resolución judicial también. Presentaron un contencioso contra el retraso del Concello, de dos años, en enviar al Jurado Provincial de Expropiación el expediente expropiatorio, con el fin de que este órgano determine si debieron cobrar más de los seis euros por metro cuadrado que les abonó Fadesa por sus tierras.

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LA HORA DE LA VENGANZA
El Correo Gallego.- 20 de decembro de 2006.-Palo judicial a Raxoi por el "raro" trazado del vial Sar-Pontepedriña

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El Tribunal Superior de Xustiza tumba los cambios realizados en el proyecto original para atender las demandas de los vecinos de la calle Ulla ·· Entre los recurrentes figura el propietario del polémico chalé ilegal que fue derribado con el fin de construir el enlace


REDACCIÓN • SANTIAGO

El vial de Sar-Pontepedriña se abrió a la circulación el pasado 21 de julio para desahogar el intenso tráfico que cruza la rotonda de la Galuresa

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido un fallo que es, cuando menos, llamativo. Y es que los magistrados Juan Carlos Trillo Alonso, José Antonio Méndez Barrera y María del Carmen Núñez Fiaño han decidido "anular, por ser contraria a Derecho," la resolución del pleno del Ayuntamiento de Santiago del 30 de marzo de 2000.

En esa junta se aprobó "la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para el trazado de la nueva variante Sar-Pontepedriña". Es decir, el recorrido que hoy todos conocen, y que une la avenida de Lugo con la rúa do Restollal (en donde está El Corte Inglés), no era el que originalmente se había pensado. "Antes, el Ayuntamiento quería que esta carretera fuese paralela a la vía del tren y bajase por la rúa Ulla", comentan algunas fuentes. Pero los vecinos de esta calle protestaron, y se revisó el itinerario.

¿Se cerrará la carretera?

El problema es que después de esto, "Raxoi no hizo bien las cosas. En primer lugar, no puso a disposición pública la información del nuevo trazado, y esto vulneró nuestros derechos", aseguran algunas fuentes. "También se ha incumplido la normativa", dicen otras voces. Según estas últimas, "un perito judicial escribió un informe sobre el vial Sar- Pontepedriña, y ha valorado que es peligroso, y que sus curvas no se acogen a lo que exige la ley de carreteras", señalan.

Así las cosas, "nosotros creemos que, a tenor de lo que dice esta sentencia, el vial Sar Pontepedriña tiene que cerrarse".

El alcalde de Santiago, Xosé Sánchez Bugallo, señaló ayer a este diario, sin embargo, que "el fallo anula la modificación del Plan General, pero no anula la construcción del tramo. Esta carretera permanecerá tal y como está", indica. "Y, en todo caso, la sentencia está recurrida, y no es firme. Además, el vial es una obra de interés general y está mucho mejor por donde va ahora que por donde estaba previsto que discurriera en un principio, que era por la rúa Ulla", dice.

Uno de los demandantes difiere de estas opiniones del alcalde y explica que "la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia es firme, porque había diez días de plazo para presentar un recurso y, que nosotros sepamos, a día de hoy ya ha transcurrido ese plazo y el Ayuntamiento no ha presentado nada. Además, exigiremos a los jueces que se ejecute la sentencia. Es decir, y según lo entendemos nosotros, ahora se tiene que cerrar la carretera y devolverle los terrenos a sus dueños".

El desquite del dueño

José Mariño Codesido es uno de los que han demandado al Ayuntamiento por el trazado del vial Sar-Pontepedriña. Mariño tenía un chalé en la rúa Boqueixón. La finca disponía de un terreno muy amplio que se extendía hasta el río Sar. Mariño llegó a ofrecer completamente gratis algunas tierras por las que podría pasar este vial, salvando así su casa, pero no tuvieron efecto sobre el equipo de gobierno municipal. Desde Raxoi se decía, por aquellas fechas, que esta vivienda se había construido sobre una zona verde y sin ninguna autorización.

El chalé de José Mariño Codesido fue finalmente demolido el 15 de enero de 2002. Mariño no quiso hacer ayer declaraciones, pero ya en 2002 había denunciado que en la construcción de este vial "se han incumplido muchas normas. Además se ha ido de manera descarada contra una familia".

Y ADEMÁS También se anula el plan con Renfe

El alcalde de Santiago, Xosé Sánchez Bugallo, confirmó ayer a este diario que esta sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que tiene fecha del 24 de octubre de 2006, también anula el denominado Plan Especial 11.

Éste consistía en un convenio firmado por el Ayuntamiento de Santiago con Renfe para ejecutar unas edificaciones en la estación de ferrocarril. "Pero hay que decir -señala Bugallo- que este plan ya lo habíamos parado nosotros mismos, porque no queríamos hacer nada hasta que los propios responsables de la compañía de ferrocarriles no nos presentaran un proyecto completo. Y es que no queríamos correr el riesgo de que lo que se hiciera ahora fuese después incompatible con la estación del AVE. Así que se sometió a información al público, pero no llegó a aprobarse de manera definitiva" .
LAS CLAVES Una modificación contraria a Derecho

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de fallar que la modificación del trazado del vial Sar-Pontepedriña, que hizo Raxoi en el año 2000, "es contraria a Derecho". Es decir, no se ha realizado según describe la normativa. "Es ilegal", dicen los demandantes.

¿Qué repercusiones tendrá la sentencia?

Lo que nadie se atreve a decir con claridad, todavía, son las consecuencias que puede tener esta sentencia. "Sólo se hizo una modificación puntual, y no afecta a la legalidad del vial", explica Bugallo. Para los demandantes, sin embargo, esta carretera "tiene que cerrarse" .

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PONTIÑAS-LALÍN

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-EN ESTE MOMENTO, LOS AFECTADOS PERCIBIRÁN 200 EUROS POR METRO Y 123 MÁS POR INTERESES Los terrenos del Pontiñas costarán más de 8 millones al retrasarse el pago

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-La Xunta deberá pagar 200 euros por metro a los expropiados del Pontiñas

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,La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta recurrió en las distintas instancias las sentencias a favor de los vecinos

La Voz de Galicia-25 noviembre-Una valoración en función de las edificaciones del entorno

La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta deberá pagar 7,2 millones por las expropiaciones del Pontiñas
Un auto del TSXG fija en 200 euros por metro el coste de las parcelas de la primera fase

 

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-EN ESTE MOMENTO, LOS AFECTADOS PERCIBIRÁN 200 EUROS POR METRO Y 123 MÁS POR INTERESES

Los terrenos del Pontiñas costarán más de 8 millones al retrasarse el pago

Afectados por las expropiaciones del paseo del Pontiñas, ayer, en Casa Mouriño de Lalín. / BERNABÉ

Daniel Fernández / LALÍN


Los terrenos expropiados para la construcción de la primera fase del paseo del Pontiñas en Lalín le costarán a la Administración autonómica al menos 8 millones de euros, aunque esta cantidad se elevará ya que el retraso en el pago de este justiprecio -no está contemplado en los presupuestos de la Xunta para 2006- motivará que la cuantía se incremente por los intereses de demora.
Los afectados por esta expropiación se reunieron ayer en Casa Mouriño para conocer el fallo emitido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que cifra en 200,2 euros el pago por cada metro cuadrado. Los expropiados, que poseían un total de 24.585,1 metros cuadrados, también conocieron las estimaciones de su servicio jurídico en cuanto al premio de afección y los intereses de demora que deben abonárseles. De este modo, se les informó que estas variables ascienden en este momento a más de 123 euros, por lo que, a día de hoy, percibirían un total de 323,72 euros por cada metro.
Así las cosas, en la actualidad la Xunta tendría que abonar 7.958.000 euros por el conjunto de la superficie expropiada, aunque es seguro que esta cantidad aumentará al demorarse el pago. El servicio jurídico les comentó que en estos momentos se está discutiendo el proyecto de presupuestos autonómicos para 2006 y no contemplan este justiprecio, una circunstancia que considera normal por cuanto la Xunta no podía prever el fallo en esta fecha. Por ello, les informó que, en caso de que no haya contratiempos, se cobrarán estas cantidades en 2007. "Cada ano que pasa se cobran máis intereses, pero podemos estar tranquilos porque a administración ten unha solvencia acreditada e sabemos que imos cobrar", se comentó en el encuentro.
No obstante, estas cantidades en concepto de justiprecio no serán las únicas que perciban los afectados, ya que aún está pendiente de que dictamine la cantidad en que consistirán las indemnizaciones por la expropiación, una cuestión en la que ya se conoce que la razón está de parte de los expropiados pero en la que falta que se determine la cuantía exacta que percibirán.
De este modo, de los escasos 8 euros que se le ofrecieron en su momento se ha pasado a unos 323 que se quedarán cortos por los intereses de demora.

Faro de Vigo-25 de noviembre de 2005-La Xunta deberá pagar 200 euros por metro a los expropiados del Pontiñas

Los afectados están convocados mañana a una reunión en Casa Mouriño en la que se les explicará la situación y los pasos para cobrar.

Reunión mantenida a finales de septiembre en Casa Mouriño. / bernabé



La Xunta de Galicia deberá pagar 200 euros por metro cuadrado a los expropiados en su día por la obra de acondicionamiento del río Pontiñas, entre las calles Ponte, Matemático Rodríguez y Mercado. Los afectados por esta actuación están convocados mañana a una reunión en Casa Mouriño, prevista para las 19.00 horas, en las que se les explicará la situación y los pasos que deben seguir para cobrar.
Ya en septiembre pasado hubo otro encuentro para proponer a las personas que no habían recurrido a la justicia que se sumaran al recurso para poder percibir más dinero. De hecho, podrían cobrar hasta diez veces más de los 18 euros por metro cuadrado que fijaba el justiprecio de la Xunta.
Una reciente resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) cifra en 33.307,4 pesetas (200,2 euros) el precio unitario a pagar a los afectados, tras requerir al perito Carlos Alvira Duplá la fijación de un justiprecio para el suelo expropiado. La medida había sido solicitada el 5 de octubre de 2004 por los vecinos que iniciaron el proceso judicial -a principios de los 90- al demandar la ejecución de la sentencia favorable a sus intereses. Aunque la superficie afectada por la obra es de 24.585,1 metros cuadrados, computará como si fuesen 76.799,53, ya que el perito aplica el máximo aprovechamiento urbanístico (3,12 m2/m2). Así, por una parcela de 171,144 m2 se abonarán 34.259,87 euros

,La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta recurrió en las distintas instancias las sentencias a favor de los vecinos

?l proceso expropiatorio del paseo del Pontiñas, iniciado por la Consellería de Política Territorial que entonces dirigía Xosé Cuíña Crespo, está jalonado de recursos judiciales desde sus inicios. El valor inicial fijado para los terrenos era de unos 9 euros. Los vecinos, recurrieron a Justiprecio que a finales de 1997 les daba la razón y multiplicaba por 2,5 aquellos valores. La administración autonómica se mostraba disconforme con aquella valoración, y el proceso llegó hasta la actualidad: con sentencia firme, favorable a los vecinos el auto de ejecución del TSXG no es recurrible.

En paralelo a la cuestión del precio, los vecinos también llegaron al Supremo, y ganaron, la nulidad de todo el proceso expropiatorio: es la sentencia que falta ahora por ejecutar. También en la segunda fase del Pontiñas, los propietarios de la carballeira de A Crespa lograban, el pasado julio, la nulidad del proceso expropiatorio.

Los treinta beneficiarios de la resolución se reunirán esta tarde para valorar las consecuencias del auto.

Sin valoración oficial

Desde la Consellería de Medio Ambiente, en la que se engloba actualmente Augas de Galicia -responsable de las obras- prefirieron no realizar valoraciones ayer sobre el auto, al señalarse que todavía no les fue comunicado el mismo por parte del tribunal.

 

La Voz de Galicia-25 noviembre-Una valoración en función de las edificaciones del entorno



?os criterios empleados para fijar el justiprecio del metro cuadrado responden a una fórmula jurídica, que determina el aprovechamiento del terreno en función de las parcelas del entorno. Esto es, se toma como referencia la edificación en las zonas próximas al terreno afectado para calcular su aprovechamiento urbanístico: la media, en este caso, se fijó en 3,2 plantas.

El caballo de batalla entre los recurrentes y la administración autonómica estaba en la calificación de los terrenos expropiados. Los treinta recurrentes mantuvieron que se trataba de sistemas generales, y por tanto, suelo urbanizable, mientras desde la Xunta se consideraban como rústicos.

Las distintas sentencias fallaron a favor de los vecinos, lo que explica que el valor pasase de unos 9 euros iniciales por metro cuadrado a los 200 que ahora señala el auto del TSXG.

La Voz de Galicia-25 noviembre-La Xunta deberá pagar 7,2 millones por las expropiaciones del Pontiñas
Un auto del TSXG fija en 200 euros por metro el coste de las parcelas de la primera fase

A esta cantidad falta todavía por sumar la ejecución de la sentencia que declaró nula la expropiación

Autor de la imagen: MARCOS MÍGUEZ (Lugar: la voz | lalín)

?as controvertidas expropiaciones del paseo del Pontiñas escriben un nuevo capítulo, tras el auto dictado por la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSXG, que fija el justiprecio de la expropiación para la treintena de vecinos que reclamaron en la expropiación de terrenos de la primera fase. Un precio fijado en 200 euros por metro cuadrado para casi la totalidad de recurrentes, ya que en dos casos se fija en 126 euros y en uno solo a 42 euros. Esta tasación fijada por el tribunal supondrá un desembolso para la Xunta de Galicia de unos 7,2 millones de euros: y es que a la cantidad base debe añadirse un 5% de premio de afección y los intereses de demora, que el abogado de los afectados, José Luis Fernández, calcula en un 52%. De este modo, el precio por cada uno de los más de 23.000 metros cuadrados que suman los reclamantes alcanza los 312 euros.

Más indemnizaciones

Estas cantidades no son las finales que percibirán los reclamantes. Y es que el TSXG acaba de dictar los autos de ejecución de la sentencia favorable a los vecinos en relación al justiprecio. Pero falta otra sentencia por ejecutar: la del Tribunal Supremo que había declarado nula la expropiación de los terrenos para construir la primera fase del paseo del Pontiñas. Las indemnizaciones se prevén cuantiosas, ya que los terrenos se califican como urbanos, a diferencia del criterio mantenido en su día por Política Territorial que los consideraba rústicos.

Según fuentes jurídicas consultadas, la jurisprudencia suele marcar una indemnización del 25% sobre el precio fijado para los terrenos, para compensar económicamente la nulidad del proceso expropiatorio.

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Expansión, viernes 23/05/2003 .-Madrid se enfrenta a una indemnización millonaria por expropiaciones indebidas


Los tribunales han obligado al ayuntamiento de madrid a abonar una fuerte indemnización a varios propietarios de los terrenos donde hoy se sitúa el barrio del campo de las naciones, una de las zonas más prósperas de la capital, donde están situadas las principales sedes empresariales y varios miles de viviendas. la indemnización podría ser de hasta veinte millones de euros. el proceso lo iniciaron hace quince años los propietarios de los terrenos que fueron expropiados por el ayuntamiento para el desarrollo del programa de actuación urbanística el olivar de la hinojosa, donde ahora se asienta el campo de las naciones

En aquel momento se estableció un pago por expropiación de 2,51 euros por metro cuadrado, que tras un proceso de negociación se incrementó hasta 10,8 euros. después de una sentencia del tribunal superior de justicia de madrid de 1994, la cantidad se ha acabado elevando hasta 48 euros por metro cuadrado: 1,38 millones de euros para el total de 21.000 metros cuadrados propiedad de las familias. mientras, el ayuntamiento acabó beneficiándose de un precio final de venta de, al menos, 213 millones. pese a ello, hasta ahora el ayuntamiento se ha negado a pagar por lo que los denunciantes han exigido el embargo de las cuentas municipales, proceso que en este momento se encuentra en tramitación

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SENTENCIA
La Voz de Galicia.-15-2-2007.-El Tribunal Supremo ilegaliza en Vigo el mayor centro comercial de Galicia
El recinto incluye también cuatro torres que totalizan más de 300 viviendas

La inversión para ejecutar el conjunto superó ampliamente los 200 millones de euros

El PSOE y la Xunta del PP impugnaron esta iniciativa
El revés se suma a los 2.000 pisos que ya están pendientes de derribo por sentencias

Autor de la imagen: XOÁN CARLOS GIL (Firma: Juanma Fuentes | Lugar: vigo)
El Concello de Vigo tenía muchos y graves problemas urbanísticos, y desde hace días ha sumado a la lista otro de no menor entidad. El Tribunal Supremo dictó el pasado 27 de diciembre una sentencia que anula el conjunto del proyecto urbanístico Finca do Conde por considerar que contraviene el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) en vigor. Este fallo ratificó otro anterior del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que ya era público cuando se concedió la licencia para un centro comercial. Los edificios de viviendas habían obtenido el permiso municipal un poco antes.

A partir de ahora este proyecto urbanístico se suma a la amplia relación de actuaciones anuladas por el Supremo en Vigo, que para su posible legalización queda al amparo del nuevo Plan Xeral, siempre que los jueces lo acepten. En este caso concreto la polémica rodeó al proyecto desde el mismo momento en que salió a la luz a finales de los años noventa. En su largo periplo fue notoria la oposición de la Xunta anterior, una larga batalla del PSOE vigués en contra de la licencia y numerosas advertencias sobre que el Supremo podría anularla antes de que estuviera en vigor el nuevo PXOM, como finalmente ha ocurrido. A mayores, existen varias demandas más en contra de Finca do Conde en los tribunales.

El motivo por el que se anula esta actuación urbanística es precisamente la inclusión en la misma del centro comercial. En el plan especial que la regula se indica que los terrenos tendrán como uso característico el residencial. Posteriormente, en su desarrollo se incluyó el mayor centro comercial de Galicia, con un recinto de 120.000 metros cuadrados, 40.000 comerciales, un espacio construido muy superior al que ocupan los alrededor de 300 pisos de los cuatro edificios que incluye.

En su sentencia el Supremo admite que el plan especial fije el reparto de ambos usos siempre que el Plan Xeral deje este asunto sin concretar, pero rechaza que modifique una norma superior como es el PXOM. En base a ello el alto tribunal ratifica la anulación del proyecto decidida en primera instancia por el Tribunal Superior e impone las costas del recurso a la empresa promotora.

Amplio aforo

Mil puestos de trabajo directos, una inversión superior a los cien millones de euros para construirlo y un aforo para diez mil personas en 150 tiendas, una batería de cines, un hipermercado y un aparcamiento de 1.700 plazas son las grandes cifras del complejo.

A ello se añaden dos torres, cada una con 114 viviendas, y otras dos de menor altura y obviamente inferior número de pisos. Aunque no se conocen los datos de la inversión realizada, hace algo más de un año el fondo inmobiliario del BBVA compró de golpe uno de los edificios grandes por 35 millones de euros, con la finalidad es alquilar las viviendas.


LARGA CRISIS
El PSOE y la Xunta del PP impugnaron esta iniciativa

Manuel Pérez, alcalde del PP entre 1995 y 1999, fue el gran impulsor de Finca do Conde, dándole preeminencia a la parte comercial del proyecto. Los requerimientos de Política Territorial, a cargo de Cuíña, no le hicieron cambiar de criterio y el plan fue aprobado en vísperas de abandonar el cargo, aunque la Xunta presentó un recurso judicial que no ha sido resuelto.

En el siguiente mandato, ya con un alcalde nacionalista, el BNG intentó en un principio anularlo. Esta vez se toparon con el Consello Consultivo de Galicia, que lo impidió. Ante ello Lois Castrillo siguió adelante y antes de dejar el cargo concedió licencia para los edificios de viviendas.

Ventura Pérez Mariño, fugaz alcalde socialista en el 2003, intentó paralizar la licencia del centro comercial e incluso renunció temporalmente a sus competencias para traspasárselas a la Gerencia de Urbanismo. Fue una de las polémicas con el BNG previas a su cese. Finalmente, la licencia llegó con Corina Porro en la alcaldía y el edil José Manuel Figueroa al frente del área de urbanismo.

El revés se suma a los 2.000 pisos que ya están pendientes de derribo por sentencias

Desde hace años el Concello vigués acumula una lista cada vez más larga de fallos judiciales firmes que anulan importantes proyectos urbanísticos. La solución decidida por la Justicia implica el derribo como vía para recuperar la legalidad de las actuaciones, aunque lo cierto es que la piqueta no ha llegado a actuar en ningún caso.

Los cálculos realizados sitúan en unos 2.000 los pisos amenazados, una cifra importante que provoca alarma entre los afectados y también en los responsables municipales, temerosos de una cascada de indemnizaciones que puede quebrar la hacienda local.

La práctica totalidad de los fallos judiciales tienen como telón de fondo el PXOM de 1993, actualmente en vigor, considerado de forma general como una norma deficiente cuya aplicación ha provocado esta grave crisis. Por este motivo, PP y BNG llevan meses tratando de aprobar un nuevo Plan Xeral que permita legalizar las viviendas hasta ahora condenadas por la Justicia.

Plan recuperado

Curiosamente, esta sentencia se conoce coincidiendo con el final de dos años de suspensión de licencias, decidida el 15 de febrero del 2005 para concluir la aprobación del nuevo planeamiento. En este tiempo, sin embargo, el gobierno vigués y los nacionalistas no han logrado sacar adelante el nuevo Plan, lo que añade una nueva dificultad a la crisis urbanística de la ciudad.

En la lista de edificios ilegalizados por sentencias judiciales puede citarse O Piricoto, con algo más de cien viviendas, situado a pocos metros del pazo de Castrelos; las torres Ifer, en el centro de la ciudad, donde tiene su sede el Club Financiero; un edificio de viviendas en Jacinto Benavente que incluye un centro comercial juguetero; los apartoteles de Samil; los chalés de Canido; 500 pisos y locales comerciales de la calle de Rosalía de Castro, también en el centro; y así una larguísima relación.

El responsable de urbanismo ha reconocido en diversas ocasiones que el Concello trata de evitar los derribos «para impedir una crisis social de enormes proporciones».

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EOLICAS

Sentenza pioneira
Galicia Hoxe.-15-2-2007.-Unha eólica de Chantada, obrigada a pagarlles a propietarios

Os afectados por un parque eólico de Enerfín en Chantada, satisfeitos pola sentenza do Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que obriga á empresa a remuneralos de xeito satisfactorio. Reclaman un 10% dos beneficios polo 1% que reciben actualmente
P. POUSADA



Diéguez Otero, no centro, con Jacobo Feijoo, á dereita e López á esquerda
FOTO: A.H.
A asociación Ventonoso, que agrupa os propietarios de terreos da localidade lucense de Chantada onde a empresa Enerfín instalou un parque eólico, son desde onte os propietarios nestas circunstancias máis satisfeitos. A razón, unha sentenza do Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que lle obriga á empresa eólica a retirar os 23 aeroxeradores instalados ou a negociar cos afectados unha remuneración satisfactoria para estes.

Juan Antonio Diéguez Otero, representante da asociación Ventonoso, que agrupa os afectados polas instalacións de parques eólicos e representante tamén dos propietarios deste lugar de Chantada, amosaba a súa satisfacción onte e deixaba clara a súa intención de reclamar o 10 por cento dos beneficios deste parque.

"O parque, con 23 aeroxeradores de 1,67 megawatts cada un, déixalles á empresa, ós prezos actuais, 10 millóns de euros brutos cada ano, o que quere dicir que ese 10 por cento que reclamamos suporía 1 millón de euros anuais para os propietarios", explica Diéguez, un dos 58 comuneiros afectados por este parque eólico.

Non obstante, afirmaba realista que "nas negociacións, que será a tres bancas entre a empresa, os donos dos terreos e a Xunta, xa se sabe, tampouco imos ir cunha posición inamovible".

Ventonoso considera, de todos modos, que esta sentenza vital para os propietarios, que ata o de agora estaban indefensos ante os poderes de negociación das empresas, así como dos prezos fixados polo Xurado de Expropiación. "A partir de agora, debe acabarse a prepotencia das empresas, xa que terán que sentar a negociar connosco", explican desde Ventonoso.

Os antecedentes dun caso moi repetido

A Consellería de Industria, nunha resolución do 10 de xullo do 2003, declarou a utilidade pública das instalacións do parque eólico de Chantada, pero sen fundamentar os motivos.

Na orixe da demanda de Ventonoso esta na insuficiente compensación económica que os comuneiros perciben pola explotación dos seus terreos eólicos, xa que reciben o 1 por cento dos beneficios que xeran estes parques.

Agora, Ventonoso pídelle ó conselleiro de Innovación e Industria da Xunta de Galicia, Fernando Blanco, que non recorra ó Tribunal Supremo, porque iría en contra dos intereses dos veciños e daríalle a razón a empresas como Enerfín, que campan ás súas anchas e pretenden facer diñeiro á conta dos demais, indicou Diéguez Otero.

A ASOCIACIÓN DEMANDANTE- Ventonoso: “A actual Xunta expolia os terreos”

"A actual Xunta expolia os terreos. O Xurado de expropiación depreciou 10 veces o prezo dos terreos con respecto ó anterior Xurado", denuncia José Antonio Diéguez Otero, responsable da asociación Ventonoso, que recorda que xa o Valedor do Pobo advertiu hai un ano dos prezos que fixaba esta institución.

Diéguez recoñece que as empresas de parques eólicos seguen a xogar coa "expropiación, da que historicamente a xente lle tiña pánico a este proceso". Isto é así porque as empresas, xa sete anos antes de iniciar a construción do seu parque, inician os contactos cos donos dos terreos. Cando teñen unha parte deles, preséntanlle á Xunta un ‘Acordo cos propietarios’, "cun número deses donos", aclara Diéguez e solicita o permiso para facer o parque. Ata que a Xunta autoriza, pasan máis ou menos dous anos. "Se os donos que non querían vender seguen sen facelo, ameázanos con metelos nunha lista de expropiación e dinlle que lle van pagar menos polos terreos", continúa o representante de Ventonoso. E a ameaza adoita funcionar.

Por esta razón, Diéguez remarca a importancia da sentenza anunciada onte, porque "por primeira vez se defende a propiedade comunal" e remarca que agora entrarán a negociar coa empresa e a Xunta para acadar unha solución "satisfactoria" para todas as partes implicadas.

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Lavozdegalicia.es.-17-abril-2007.-PARQUES
Productores eólicos y propietarios de montes cargan contra la Xunta
Las grandes empresas tachan de «ilegal» el decreto de Industria y ultiman otro recurso

Los dueños de los terrenos exigen obtener un 10% del beneficio de los futuros parques

Endesa, Iberdrola, Eurovento y Acciona tienen el 50% del pastel

 

(Firma: Mario Beramendi Miguel Á. Rodríguez | Lugar: santiago / vigo)
El sector eólico amenaza con verter una tormenta de alegaciones contra el nuevo decreto regulador presentado por la Consellería de Industria. La asociación eólica gallega (EGA), que agrupa a los grandes productores y representa más del 80% de la potencia instalada en Galicia, recurrió la pasada semana los últimos 511 megavatios autorizados por la Xunta en febrero. Pero en cuestión de horas presentarán otra iniciativa legal contra el fondo del decreto hecho público por Fernando Blanco. Consideran irregular que el Gobierno autónomo se quede con el 10% de los parques, exigen que no se cancelen planes industriales que dependen de la adjudicación de nueva potencia, y piden que se valoren los esfuerzos realizados hasta ahora para la creación de tejido empresarial.

A sus quejas se suman las de los propietarios de terrenos donde se ubican las infraestructuras eólicas. La asociación Ventonoso, que representa los intereses de este sector y que está promovida por Unións Agrarias, también ha anunciado la presentación de alegaciones en contra el decreto de la Administración gallega. Un gabinete jurídico concreta ya los puntos de oposición a la normativa. El colectivo avanzó ayer a este periódico las cuestiones generales en las que está en desacuerdo.

Advierte de que no es jurídicamente defendible que quien decide las concesiones se quede con el 10% de cada proyecto, y califican de «contrasentido» que Industria pueda conseguir un beneficio tan alto cuando ellos sólo ganan un 1%. Además, recuerdan que con el nuevo marco regulatorio la consellería puede iniciar una expropiación contra los vecinos una vez que el proyecto sea declarado de utilidad pública. «Esto nos deixa sen capacidade negociadora coas empresas e imos alegar; hai que recordar tamén que en caso de desacordo no precio quen fixa a indemnización é o xurado único de expropiación que, como o Inega, forma parte da Administración», explica Jacobo Feijoo, portavoz del colectivo.

Negocio de 1.600 millones

En la actualidad, en Galicia existen unos 40.000 propietarios de terrenos (particulares y comuneros) afectados por las infraestructuras eólicas. Un informe elaborado por Ventonoso revela que si Galicia llega a desarrollar los 6.500 megavatios que pretende (actualmente está en 2.400) el negocio eólico podría alcanzar una facturación de 1.600 millones de euros al año. Los dueños de estas parcelas reclaman un marco legal que les permita obtener un 10% de los beneficios anuales, que se invertirían en el desarrollo rural. «As enerxías renovables supoñen unha das últimas oportunidades para o desenvolvemento rural galego», precisa el presidente de Ventonoso.

Industria rebate este planteamiento con el argumento de que el 10% de participación pública ya sirve, entre otras cosas, para invertir en estrategias que redunden en la mejora del campo y de sus habitantes. Además, recuerda que, a diferencia de lo que ocurría en los años de gestión de Fraga, en las comunidades de montes se precisa ahora una mayoría cualificada para autorizar la puesta en marcha de un proyecto.

Endesa, Iberdrola, Eurovento y Acciona tienen el 50% del pastel

(Lugar: m.?á.?r. | vigo)
El pastel eólico gallego acumula un centenar largo de adjudicatarios. Pero son cuatro grandes operadores los que se reparten algo más de la mitad del negocio. Endesa, Iberdrola, Eurovento y Acciona manejan uno de cada dos megavatios de potencia eólica generados o adjudicados en la comunidad.

La frustrada opa de la alemana E.On sobre Endesa y el posterior acuerdo de la italiana Enel y Acciona para hacerse con la eléctrica española convertirá a la constructora en líder eólico gallego. Junto a ella, Gaelsa, la nueva firma creada por los empresarios Jove, Cortizo, Couceiro, Campo y Añón, podría coliderar el mercado regional si finalmente se hace con los 600 megavatios que pide.? El complejo mapa eólico arranca de mediados de los noventa, cuando la Xunta pactó con los grandes operadores interesados en la explotación del viento un decreto regulador. Se primaron los planes industriales asociados a los parques y se repartió la primera potencia. Siete años después, una nueva normativa dividió los parques eólicos en singulares, individuales y especiales. A muchos ya no se les exigió plan industrial paralelo y la colección de adjudicaciones a nuevas empresas y particulares levantó una polémica todavía hoy no cicatrizada. La reventas de potencia adjudicada y no instalada afloró un negocio de miles de millones de euros.

El actual conselleiro de Industria, con su nuevo decreto, quiere cambiar el marco regulador eólico con la intención de frenar los «pelotazos» y que una parte del beneficio de las explotaciones revierta en Galicia. El sector cree que la propuesta es ilegal.


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Sin pagar
El Correo Gallego.15-2-2006.--Los últimos "rebeldes" del Castiñeiriño logran chalés
El IGVS logra cerrar un acuerdo entre los vecinos del sunp 13 y la cooperativa Combarro ·· Los propietarios recibirán una vivienda unifamiliar a cambio de sus casas
REDACCIÓN • SANTIAGO
Los propietarios del sunp 13 de O Castiñeiriño recibirán viviendas unifamiliares a cambio de sus actuales casas y terrenos, sin tener que pagar ninguna cantidad a mayores por ellas. Así lo anunció ayer oficialmente la Consellería de Vivienda.

Según explican, tras varias semanas de mediación, el director xeral del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS), Daniel Pino, consiguió cerrar un acuerdo entre estos propietarios y la cooperativa Combarro, encargada de desarrollar este suelo para la construcción de viviendas protegidas.

En el acuerdo se establece que los vecinos de O Castiñeiriño "tendrán en propiedad una vivienda adecuada a sus necesidades dentro del ámbito en el que residen actualmente".

El IGVS inició su mediación en 2005, cuando los vecinos comenzaron a hacer públicas sus protestas por considerar insuficientes las contrapartidas que Combarro les ofrecía a cambio de sus casas, que situaban muy por debajo del precio de mercado, y que no les alcanzaban para comprar una de las viviendas nuevas.

Con el acuerdo, los propietarios verán cumplido el objetivo de acceder a una vivienda sin desembolsos adicionales y que, además, está en la misma zona.


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SANCIÓN EN VIGO
La Voz de Galicia.es-09/03/2007.-Vivenda pide 3,6 millones a un promotor por cobrar de más por pisos protegidos


La medida responde a la denuncia colectiva presentada por 41 demandantes.

 

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(Firma: Redacción digital|Efe)
La Consellería de Vivenda ha propuesto una sanción de 3,6 millones de euros y una inhabilitación para construir vivienda protegida durante seis años para la promotora Vigolar S.A. por cobrar sobreprecios en la venta de 49 viviendas protegidas en San Paio de Navia (Vigo)

En un comunicado de prensa, Vivienda informa de que ha cerrado el expediente de sanción abierto contra a empresa Vigolar S.A. el pasado mes de septiembre a raíz de la denuncia colectiva presentada por 41 demandantes y -a los que posteriormente se sumaron 8 nuevos demandantes-, considera probado que la promotora cobró un sobreprecio de 1.820.686,75 euros en la venta de 49 viviendas protegidas.

La delegación Provincial de la Consellería de Vivienda en Pontevedra ha remitido a la empresa la propuesta de sanción, que consiste en la imposición de una multa de 3.641.373 euros por infringir el artículo 54.1 da Lei 4/2003 de Vivienda.

La multa propuesta por la Consellería de Vivienda equivale al doble de la cantidad indebidamente cobrada por sobreprecio. El importe de la sanción está fijado en la propia ley, que establece que el preceptor de un sobreprecio será sancionado con una multa equivalente al doble de la cantidad percibida ilegalmente, según el comunicado.

Además, también se propone una multa de 9.015,3 euros por vulnerar el artículo 53.1 de la Ley de Vivienda, ya que en 15 de los casos denunciados la empresa promotora no cumplió con la obligación de avalar las cantidades entregadas a cuenta por los compradores de la vivienda protegida.

La sanción propuesta también incluye la inhabilitación de Vigolar S.A. para construir vivienda protegida durante seis años, inhabilitación máxima prevista en la ley, que empezarán a contar a partir del día en el que la resolución sea firme.

Igualmente, el departamento autonómico impone a la empresa la obligación de devolver la cantidad indebidamente cobrada como sobreprecio a todos y cada uno de los denunciantes, cantidad que suma un total de 1.820.686,75 euros, lo que implica una media de 37.157 euros por cada demandante.

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